Normativas

Ley de Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad

Desde su promulgación en año 2018, la Ley N°21.015, conocida como Ley de Inclusión Laboral, ha tenido como objetivo promover la inclusión laboral de personas con discapacidad, velando por acceso al empleos en igualdad de condiciones, tanto en el sector público como privado. 

La Ley establece que el 1% de la dotación de organismos públicos y empresas de 100 o más trabajadores debe estar compuesto por personas con discapacidad.

Para esto, los trabajadores deben estar inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND) y/o con ser asignataria de una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) de cualquier régimen previsional. 

Razones fundadas

Las razones fundadas son excepciones que permiten a instituciones públicas y empresas privadas justificar el no cumplimiento total o parcial de la Ley de Inclusión.

En el sector público las razones fundadas son: 

  • Aquellas relativas a la naturaleza de las funciones que desarrolla el órgano, servicio o institución.
  • No contar con cupos disponibles en la dotación de personal.
  • La falta de postulantes que cumplan con los requisitos respectivos. 

En el sector privado las razones fundadas son:

  • La naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa.
  • La falta de personas interesadas en las ofertas de trabajo que se hayan formulado.

Formas de cumplimiento alternativo sector privado

En caso que una empresa no pueda cumplir con la contratación directa por alguna razón fundada, deberá optar por dar cumplimiento por medio de estas medidas subsidiarias: 

  • Celebrar contratos de prestación de servicios con empresas que tengan contratadas personas con discapacidad.
  • Efectuar donaciones en dinero a proyectos de asociaciones, corporaciones o fundaciones que promuevan la inclusión laboral de personas con discapacidad. 

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